Deacuerdo a lo expuesto es un acuerdo por el cual el trabajador se obliga a prestar servicios
laborales por cuenta del empresario y bajo su dirección acambio de una remuneración; para que sea valido ambas partes deben estar capacitadas para llevarlo a cabo (suscribirlo).
El trabajador: Persona física que voluntariamente, presta serviciosretribuidos por cuenta del empresario y bajo su dirección.
1. Edad - se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de 16 años, excepto:
- En espectáculos públicos, la autoridad laboral deberáautorizar el contrato con el menor.
- Jóvenes de 16 y 17 años con autorización de sus padres o tutores para firmar un contrato de trabajo o estar emancipados.
- No se puede realizar horasextraordinarias, trabajos nocturnos (22.00 - 06.00), actividad insalubres, peligrosas y nocivas para su salud o su formación profesional y humana (venta de tabaco, vigilancia nocturna o recogida de basuras)2. Incapacidad - por razones de salud física, psíquica u otras, la justicia puede declarar a una persona incapacitada para trabajar.
3. Titulación - determinadas actividades exigen titulacionesacadémicas o profesionales que limitan el acceso a las mismas (abogados, farmacéuticos, médicos)
4. Nacionalidad - ciudadanos de UE gozan de libre circulación dentro de sus fronteras; losextranjeros no pertenecientes a países miembros de la UE precisan de un permiso de trabajo expedido por Ministerio de Trabajo e Inmigración.
El empresario o empleador - persona física o jurídicaque recibe la prestación de servicios, así como quien contrata para ceder los trabajadores a otras empresas (ETT).
1. Persona físicas: mayor de 18 años o mayor de 16 emancipada, que no haya sidoincapacitada.
2. Personas jurídicas: entidades reconocidas por la ley para asumir en nombre propio derechos y obligaciones.
El trabajador: Persona física que voluntariamente, presta serviciosretribuidos por cuenta del empresario y bajo su dirección.
1. Edad - se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de 16 años, excepto:
- En espectáculos públicos, la autoridad laboral deberáautorizar el contrato con el menor.
- Jóvenes de 16 y 17 años con autorización de sus padres o tutores para firmar un contrato de trabajo o estar emancipados.
- No se puede realizar horasextraordinarias, trabajos nocturnos (22.00 - 06.00), actividad insalubres, peligrosas y nocivas para su salud o su formación profesional y humana (venta de tabaco, vigilancia nocturna o recogida de basuras)2. Incapacidad - por razones de salud física, psíquica u otras, la justicia puede declarar a una persona incapacitada para trabajar.
3. Titulación - determinadas actividades exigen titulacionesacadémicas o profesionales que limitan el acceso a las mismas (abogados, farmacéuticos, médicos)
4. Nacionalidad - ciudadanos de UE gozan de libre circulación dentro de sus fronteras; losextranjeros no pertenecientes a países miembros de la UE precisan de un permiso de trabajo expedido por Ministerio de Trabajo e Inmigración.
El empresario o empleador - persona física o jurídicaque recibe la prestación de servicios, así como quien contrata para ceder los trabajadores a otras empresas (ETT).
1. Persona físicas: mayor de 18 años o mayor de 16 emancipada, que no haya sidoincapacitada.
2. Personas jurídicas: entidades reconocidas por la ley para asumir en nombre propio derechos y obligaciones.
Bibliografía:
http://www.slideshare.net/marcovinicioflores/exposicin-38196063